El estudio de mercados consiste en una iniciativa empresarial con el fin de hacerse a una idea sobre la viabilidad comercial de una actividad económica .
A la vez también se estudia el comportamiento del consumista para analizar sus necesidades de consumo y suplirlas en todo aspecto de sus hábitos de compra ya sea lugares,momentos ,preferencias,marcas,etc. Con la finalidad de aportar información o datos que puedan mejorar la mercadotecnia para la venta y comercio de un producto o varios que innoven las necesidades no suplidas por los consumidores.
También se puede decir que hay un análisis de competencia el cual estudia el conjunto de las empresas con las que comparte mercado de un producto en común.
Para hacer dicho estudio se requiere establecer quienes son los competidores ,cantidad de competidores y sus respectivas ventajas de competencia .
El plan de negocios podría incluir una plantilla con los competidores mas importantes y el análisis de algunos puntos como : marca,descripción del producto, o servicio,precios,estructura,procesos,recursos humanos,costes,tecnología,imagen,proveedores,entre otros.
La plantilla permite establecer los estándares de calidad de la industria así como las ventajas de competencia de cada empresa.
La estrategia es un concepto de suma importancia ya que alterara la empresa y marcara su rumbo ;tomando como referencia los recursos y objetivos ,métodos y recursos de estudios del mercado deben definirse una posible estrategia o método adecuada para la nueva empresa o negocio.
Existen dos posibles tipos de estrategias :
-Diferenciación :Consiste en crear un valor agregado sobre el producto ofrecido para que este sea percibido en el mercado como único :diseño ,imagen,atención al cliente,entrega a domicilio.
-Liderazgo en costos:Consiste en mantenerse competitivo a través de aventajar a la competencia en materia de costos.
El estudio de mercado puede ser utilizado para determinar que porción de la población comprara un producto o servicio ,basado en variables como el genero,la edad,ubicación, y a nivel de ingresos.
También nos sirve para crear un plan de negocios tanto de estrategia ;como para competencia a la vez y tales planes juegan un papel de gran importancia y que no se pueden omitir en los estudios de mercado
al emprender un nuevo proyecto de empresa y su creación.
También hay un tipo de tendencias las cuales definen el alza o la baja del mercadeo durante un periodo de tiempo.
Es mas complicado determinar el tamaño del mercado si estas comenzando con algo completamente nuevo.En este caso se deberá obtener el numero de clientes potenciales o segmentos de clientes.
A parte de la información y datos a cerca del mercado objetivo se debe tener información a cerca de con quien se va a competir ,así como también los clientes y productos entre otros aspectos.
Por ultimo se necesita medir la eficacia del marketing para el producto.
Algunas técnicas para esto son :
-Análisis de los clientes.
-Modelado de opciones.
-Análisis de competencia.
-Análisis de riesgo.
-Investigación de productos.
-Investigación de publicidad .
-Modelado de la mezcla de comercio comercial (precio,productos ,plaza,publicidad)
Para crear y generar empresas en Colombia se debe hacer una serie de pasos que serán mencionados a continuación.
PASO 1
Verificar la disponibilidad del nombre en cámara de Comercio ,duración: 1 día.
PASO 2
Presentar el acta de constitución y los estatutos de una sociedad en la notaria,duración 1 día.
PASO 3
Firmar la escritura publica de constitución y obtener copias,duración 4 días.
PASO 4
Inscribir la sociedad y el establecimiento de comercio en el registro mercantil (en la Cámara de Comercio),duración :1 día.
PASO 5
Obtener copia del certificado de existencia y Representación legal en Cámara de Comercio,duración :1 día.
PASO 6
Obtener numero de identificación tributaria (NIT) para impuestos de orden nacional,duración : 1 día.
PASO 7
Abrir una cuenta bancaria y depositar la totalidad del capital social,duración :1 día.
PASO 8
Inscribir los libros de comercio ante los libros de comercio ante la Cámara de Comercio,duración: 1 día.
PASO 9
Inscribirse ante la Administración de Impuestos Distritales,duración : 1 día.
PASO 10
Obtener concepto favorable de uso de suelo de Planeacion Distrital o la Curaduria Urbana,duración : 10 días.
PASO 11
Inscribir ante Caja de Compensación Familiar,Sena ,e ICBF, duración : 2 días.
PASO 12
Inscribir la compañía ante una Administradora de Riesgos Profesionales,duración : 1 día .
PASO 13
Inscribir empleados al sistema de pensiones,duración : 5 días.
PASO 14
Inscribir pensionados al sistema nacional de salud,duración : 5 días.
PASO 15
Obtener certificado de higiene y sanidad de la Secretaria Distrital de Salud,duración : 15 días.
PASO 16
Obtener certificado de Bomberos,duración : 18 días.
PASO 17
Notificar apertura del establecimiento comercial a Planeacion Distrital (enviar carta por correo),duración : 1
día.
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VOLANTE 1
VOLANTE 2
ESCRITURA PUBLICA
ART1: son socios de la compañía comercial que por esta escritura se constituye,
los señores David Camargo y David Barrera Colombianos mayores de edad, vecinos
de Pereira, portadores de cedulas de ciudadanía número 12345678 y 24681012 expedidas en Bogotá y Cali respectivamente.
ART2: la
sociedad será de responsabilidad limitada y girara bajo la razón social de
shark guitars limitada ART3: el domicilio de la sociedad será la ciudad de Bogotá pero
podrá crear sucursales agencias o dependencias en otros lugares del país o del
exterior, por disposición de la junta general de socios y con arreglo a la ley ART4: la sociedad tendrá como
objeto principal las siguientes actividades venta de guitarras ART5: la sociedad tendrá un
capital de 10 millones de pesos (10.000.000) M/CTE representado en 10 mil
cuotas de un valor igual a (1.000) M/CTE cada una. Este capital asido pagado en
su integridad así: David Camargo aporta 50.000 cuotas de $1.000 cada una pagada
así tres millones de pesos (3.000.000) M/CTE en efectivo y un inventario de
mercancías por valor de dos millones de pesos (2.000.000): el socio David
Barrera aporta 5.000 cuotas de $ 1.000 cada una en efectivo: pagadas así:
1.000.000 en efectivo y 4 millones en productos y materias primas
ART6: La
responsabilidad de los socios queda
limitada al valor de sus aportes.ART.7: La sociedad llevará un
libro de registro de socios, registrado en la cámara de comercio, en el que se
anotaran el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identidad y numero de
cuotas que cada uno posea, así como los embargos, gravámenes y cesiones que se hubiera efectuado, aún por
vía de remate. ART.8: Los socios tendrán derecho a
ceder sus cuotas, lo que implicarán una reforma estatutaria y por se hará por
escritura pública, previa aprobación de la junta de socios. La escritura será
otorgada por el representante legal de la compañía, el cesionario. ART.9: El socio que pretenda ceder sus cuotas las
ofrecerá a los demás socios por conducto del representante legal de la
compañía, quién les dará traslado inmediato y por escrito a fin de que los
quince (15) días hábiles siguientes al
traslado manifiesten si tienen interés en adquirirlas. Transcurrido este
lapso los socios que acepten la oferta tendrán
derecho a tomarías a prorrata de las cuotas que posean. En caso de que
alguno o algunos no las tomen, su
derecho acrecerá a los demás, también a prorrata. El precio, el plazo y Las
demás condiciones de la cesión se expresarán en la oferta.ART.10: Si los socios interesados en adquirir las
cuotas discreparen respecto del precio o del plazo, se designarán peritos,
conforme al procedimiento que indique la ley, para que fijen uno u otro. El
justiprecio y el plazo determinados serán obligatorios para las partes. Sin
embargo, estas podrán convenir en que las condiciones de la oferta sean
definitivas si fueren más favorables a los presuntos cesionarios que las
fijadas por los peritos. ART. 11: Si ningún
socio manifiesta interés en adquirir las
cuotas dentro del plazo señalado en el articulo9, ni se obtiene el voto de la
mayoría del 50% de las cuotas en que se divide
el capital social para el ingreso de un extraño, la sociedad presentará
por conducto de su represéntame legal dentro de los sesenta (60) días hábiles
siguientes al petición del cedente, una
o más personas que las adquieran, aplicando para el caso las normas que antes
se han expresado. Si dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes no se
perfecciona la cesión, los socios optarán por decretar la disolución de la sociedad o la exclusión del socio
interesado en ceder las Cuotas, las que se liquidarán en forma indicada en los
artículos anteriores.ART.12: La dirección y
administración de la sociedad estarán a cargo de los siguientes órganos: a) La
junta general de socios, y b) el gerente. La sociedad también podrá tener
un revisor fiscal cuando así lo
dispusiere cualquier número de socios excluidos de la administración que
representen no menos del veinte por ciento (20%) del capital. ART. 13: La junta general de socios la integran los
socios reunidos con el quórum y en las demás condiciones establecidas en estos
estatus, sus reuniones serán ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se
celebrarán dentro de los tres primeros meses siguientes al vencimiento del
ejercicio social, por convocatoria del gerente, hecha mediante comunicación por
escrito dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días hábiles de
anticipación, por lo menos, si convocada la junta estanos se reuniere, o si la
convocatoria no se hiciere con la anticipación indicada, entonces se reunirá
por derecho propio el primer día hábil
del mes de abril, a las 10 a m, en las oficinas de la administración del
domicilio principal. ART.14: La sociedad
tendrá un secretario de libre
nombramiento y remoción del gerente. Corresponderá al secretario llevar libros
de registro de socios y de actas de la junta general de socios y tendrá, además
las funciones adicionales que le encomienden la misma junta y el gerente.ART.15: Anualmente, el 31 de diciembre, se cortaran
las cuentas y se hará el inventario y el balance generales de fin de ejercicios
que junto con el respectivo estado de
pérdidas de y ganancias, el informe del
gerente y un proyecto de distribución de utilidades, se presentara por este a
la consideración de la junta general de socios. Para determinar los resultados definitivos de
las operaciones realizadas en el
correspondiente ejercicio será necesario que se hayan apropiado previamente, de
acuerdo con las leyes y con las normas de contabilidad, las partidas necesarias
para mantener el deprecio, desvalorización y garantía del patrimonio social.ART.16: La sociedad formara una reserva legal con el
diez por ciento (10%) de las utilidades liquidas de cada ejercicio, hasta
completar el (50%) del capital social. En caso de que este último porcentaje
disminuyera por cualquier causa, la sociedad deberá seguir apropiando el mismo
diez por ciento (10%) de las utilidades liquidadas de los ejercicios siguientes
hasta cuando la reserva legal alcance el limite
nuevamente fijado.ART.17: La junta general de
socios podrá construir reservas ocasionales, siempre que tenga una destinación
específica y estén debidamente justificadas. Antes de formar cualquier reserva,
se harán las operaciones necesarias para atender el pago de impuestos. Hechas
las deducciones por este concepto y las reservas que acuerde la junta general
de socios, incluida la reserva legal, el remanente de las unidades liquidas se
repartirá entre los socios en proporción a las cuotas que posee.ART.18: En caso de pérdidas, estas se enjuagaran con
las reservas que se hayan constituido para este fin y, en su defecto, con la
reserva legal. Las reservas cuya finalidad fuércenla de absorber determinadas
perdidas no se podrán emplear para cubrir otras distintas salvo que así lo decida
la junta general de socios. Si la reserva legal fuere insuficiente para enjugar
el déficit de capital, se aplicaran a este fin de los beneficios de los
ejercicios siguientesART.19: La sociedad durara
por el término de veinte (20) años, contados desde la fecha de esta escritura. ART.20: En los casos previstos con los códigos de
comercio, podrá evitarse la disolución de la sociedad adoptando las
modificaciones que sean del caso, según la causal ocurrida, con observancia de
las reglas establecidas para las reformas de estatus, a condición de que el
acuerdo se formalice dentro de los seis (6) meses siguientes a la ocurrencia de
la causal. ART.21: Disuelta la sociedad, se
procederá de inmediato a la liquidación, en la forma indicada en la ley. En
consecuencia, no podrá iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto y
conservara su capacidad jurídica únicamente para los actos necesarios a la
inmediata liquidación. El nombre de la sociedad (o su razón social, según el
caso), una vez disuelta, se adicionara con la expresión “en liquidación”. Su
opción hará incurrir a los encargados de adelantar el proceso liquidatario en
las responsabilidades establecidas en la ley. ART.22: Pagado
el pasivo externo de la sociedad se distribuirá el ´permanente de los activos sociales entre los socios a
prorrata de sus aportes. La distribución se hará constar en acta en que se exprese el nombre de los socios, el
valor de sus correspondientes cuotas y la suma de dinero o los bienes que
reciba cada uno a título de liquidación. La junta general de socios podrá
aprobar adjudicaron de bienes en especie a los socios con el voto de un numero
plural d socios que represente el setenta por ciento (70%) de las cuotas en que
se divide el capital social. El acta se protocolizara en una notaría del
domicilio principal.ART.23: Toda controversia o
diferencia relativa a este contrato y a su ejecución y desarrollo se resolverá por un tribunal de
arbitramento designado por la junta directiva de la cámara de comercio de
Bogotá mediante sorteo entre los árbitros inscritos en las listas que lleva el
CENTRO DE ARBITRAJEY CONCILIACION MERCANTILES de dicha cámara. El tribunal así
constituido se sujetara lo dispuesto en los códigos de procedimiento civil y de
comercio de acuerdo con las siguientes reglas: a) el tribunal estará integrado
por tres árbitros: d) la organización interna del tribunal se sujetara a las
reglas previstas para el afecto por el CENTRO DE ARBITRAJE Y CONCILIACION
MERCANTILES DE A CAMARA DE COMERCIO DE BOGOTA
c) el tribunal decidirá en derecho, y d) El tribunal funcionara en Bogotá,
en el CENTRO DE ARBITRAJE Y CONFILIACION MERCANTILES de la cámara de comercio
de esta ciudad
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Cámara de comercio
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